IMPUESTO SOBRE EL CO₂ PARA LOS GASES FLUORADOS A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2026

IMPUESTO SOBRE EL CO₂ PARA LOS GASES FLUORADOS

A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2026

La Unión Europea ha introducido cambios importantes que afectarán a las empresas que trabajan con gases de efecto invernadero fluorados (gases fluorados). El nuevo impuesto sobre el CO₂ se introducirá el 1 de enero de 2026, lo que conllevará mayores costes para los sectores afectados. Las empresas que trabajan con gases fluorados deben prepararse para mayores obligaciones de información y una normativa más estricta.

Cambios Importantes

01

Registro Obligatorio en el Portal de Gases Fluorados

Todos los productores, importadores, exportadores, recuperadores (reclamadores), usuarios exentos y fabricantes de MDI deben registrarse en el portal de gases fluorados de la UE.

02

Cuotas y Derechos de Producción Más Estrictos

  • Los HFC (hidrofluorocarbonos) requieren asignaciones de cuota aprobadas antes de poder ser puestos en libre circulación.
  • Los productores necesitan derechos de producción oficiales a partir de 2025.
03

Declaraciones y Documentación

Cada envío debe contener los siguientes documentos:

  • Declaración de conformidad
  • Prueba de acuerdos para la devolución de contenedores recargables
  • Prueba de la destrucción/recuperación de subproductos R23
  • Etiquetado correcto según la Ley de Ejecución del Etiquetado
  • Declaraciones de aduana precisas
04

Prohibición Total de Cilindros No Recargables

Los contenedores no recargables serán ilegales a partir de 2026 para importar, exportar, transportar o utilizar.

05

Informes Anuales y Verificación

  • Fecha límite para la presentación de informes: 31 de marzo de cada año
  • Se requiere verificación independiente para las empresas que gestionan ≥ 1000 t CO₂eq.
  • Los exportadores y productores deben informar de todas las cantidades (ya no hay umbral de HFC a partir de 2025).

Obligaciones por Función

Resumen de las obligaciones para todas las partes implicadas en los gases fluorados.

Importadores de HFC a Granel

  • Deben disponer de una licencia de importación y de cuota suficiente.
  • Declaraciones obligatorias y detalles aduaneros.
  • Informes y auditorías anuales.

Importadores que Utilizan Procedimientos Aduaneros Especiales

  • Se requiere registro.
  • Obligaciones de etiquetado y aduana.
  • La presentación de informes es obligatoria.

Productores de Gases Fluorados

  • Deben disponer de derechos de producción.
  • Cobertura de cuotas para todos los HFC comercializados.
  • Se requiere el tratamiento de los subproductos R23.
  • Informes anuales.

Exportadores

  • Se requiere licencia de exportación.
  • Los cilindros no recargables están prohibidos.
  • Restricciones adicionales para los países que no han ratificado el Protocolo de Montreal.
  • Informes anuales completos.

Gestores de Gases Fluorados No HFC

  • Se requiere registro.
  • Etiquetado y declaraciones de conformidad.
  • Informes a partir de ≥ 100 t CO₂eq.

Recuperadores (Reclamadores) y Destructores

  • Solo se permiten procesos de destrucción aprobados.
  • Se requiere la presentación de informes de cantidades superiores a 1 tonelada o 100 t CO₂eq.

Usuarios de Materias Primas (Feedstock Users)

  • Se requiere registro.
  • Informes a partir de ≥ 1 tonelada o 1000 t CO₂eq.

Distribuidores

  • Deben evitar las emisiones.
  • Deben conservar la prueba de devolución de los contenedores.
  • No se requiere la presentación de informes ni el registro.

Objetivo del Impuesto sobre el CO₂

Resumen de los principales objetivos del impuesto sobre el CO₂ para los gases fluorados y el impacto en las empresas.

Acelerar la eliminación de los gases fluorados con un PCA elevado

Fomentar el cambio a refrigerantes con un PCA bajo

Apoyar los objetivos climáticos de la UE